Por resolución Indecopi ordena a Gloria S.A. Inmovilizar producto Pura Vida por etiquetado y Minsa crea comisión para investigar productos lácteos 
La situación se complica para la «leche» Pura Vida y esta vez Indecopi y el Ministerio de Salud han tomado medidas. Primero la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), dispuso de oficio, mediante Resolución 902-2017/CC2, ordenar a Gloria S.A. como medida cautelar, la inmovilización inmediata de todos los lotes del producto “Pura Vida Nutrimax” de la marca Pura Vida, así como el cese de su comercialización.

La medida se debe acatar en todos los establecimientos a nivel nacional, hasta que la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa) se pronuncie sobre la revisión del registro sanitario y sus anotaciones, correspondiente al producto materia de denuncia.

Esta medida, según un comunicado de Indecopi, es dictada en el trámite del procedimiento N° 676-2017/CC2 (iniciado por la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios) y se adoptó luego de la evaluación correspondiente en el marco de su competencia.

PROBLEMA CON ETIQUETA

Añaden además que se dictó sobre la base de las declaraciones efectuadas por la representante de Digesa en la fecha, en una sesión conjunta de la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos y la Comisión de Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas del Congreso de la República. Según la representante de Digesa, la denominación de la etiqueta del producto en cuestión, no consigna la denominación que le corresponde, de acuerdo con la naturaleza del producto.

Asimismo la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 precisó que esta medida puede ser apelada sin efectos suspensivos por la empresa, dentro del plazo previsto por la legislación aplicable.

Indecopi precisa además que la institución da a conocer esta decisión al amparo del artículo 123 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual precisa que “(…) Los procedimientos seguidos ante el Indecopi tienen carácter público». 

«En esa medida, el secretario técnico y la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi se encuentran facultados para disponer la difusión de información vinculada a los mismos, siempre que lo consideren pertinente, en atención a los intereses de los consumidores afectados y no constituya violación de secretos comerciales o industriales”, finaliza el comunicado.

TAMBIÉN EL MINSA.

Pero el Ministerio de Salud (Minsa) también ha dispuesto la conformación de una Comisión Ad Hoc que se encargue de efectuar una revisión de los procedimientos relacionados al otorgamiento y modificación de los registros sanitarios vinculados a los productos tipo leche, productos lácteos, entre otros productos lecheros.

Esto en el marco de las normas contenidas en el Codex Alimentarius y demás disposiciones del ordenamiento jurídico nacional. Cómo se recuerda recientemente la población cuestionó que leche pura vida no sea leche sino un químico con colorantes y saborizantes con mínimo valor nutritivo.

Administrador de contenidos de Grupo Periodismo en Línea

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