KFC

La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC) formalizó denuncia ante el INDECOPI contra la empresa DELOSI S.A, representante de Kentucky Fried Chicken (KFC) en el Perú.

La denuncia es por violación de diversas normas contenidas en el Código de Protección y Defensa del Consumidor vinculadas a los derechos a la salud, idoneidad, seguridad, inocuidad e información que asisten a los consumidores.

Como es de público conocimiento, con fecha 27 de diciembre de 2012. el restaurante de comida rápida KFC, ubicado en la avenida La Marina, en el distrito de San Miguel, fue multado por la comuna de ese distrito tras comprobarse que en ese establecimiento se empleaba aceite usado o reutilizado para sus frituras.

Según ASPEC, los daños para la salud que produce la ingesta de este tipo de aceite son múltiples y, entre ellos, se cuentan hipertensión, incremento de los ácidos grasos en plasma, esteatosis hepática (afectación al hígado), resistencia a la insulina (hormona segregada por el páncreas que regula la cantidad de glucosa en sangre) y diabetes mellitus tipo 2.

Asimismo, la ingesta reiterada de este compuesto puede producir cáncer. “Por eso, a fin de prevenir daños irreparables a la salud, el aceite debe ser desechado después de utilizarse en la elaboración de comidas”, explicó Crisólogo Cáceres, Presidente de dicha organización.

Como si lo anterior no fuera suficiente, señala ASPEC en su denuncia, la empresa KFC colocó avisos publicitarios encima de los carteles en los que se informaba a los consumidores que el local había sido sancionado por la autoridad edil de modo tal que los consumidores siguieron comprando allí y el negocio continuó funcionando como si nada hubiera sucedido.

Cáceres explicó que estos hechos implican una violación de varios derechos de los consumidores. “Para empezar, se trasgrede su derecho a una protección eficaz respecto de los productos y servicios que, en condiciones normales o previsibles, representen riesgo o peligro para la vida, salud e integridad física.

La nota de prensa de Aspec también se viola su derecho a acceder a información oportuna y veraz para tomar una decisión de consumo adecuada. Igualmente se ignora el derecho de los consumidores de recibir productos y servicios idóneos. 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.