Economista Hernando de Soto

INDECOPI resolvió sancionar al economista Hernando De Soto con una multa de 3 UIT al no cumplir con un mandato anterior que lo obligaba a incluir de manera visible en las ediciones deEl Otro Sendero el nombre de los coautores Mario Ghibellini y Enrique Ghersi.

Según argumenta la Sala de Propiedad Intelectual de Indecopi, la primera edición de «El Otro Sendero» fue publicada en 1986 bajo la firma de Hernando de Soto, Enrique Ghersi y Mario Ghibellini.

Se publicó en una docena de países por casi veinte años de esa forma hasta que en el 2006 se reeditó el libro  solo bajo la  autoría del reconocido economista, lo que ameritó que INDECOPI lo sancionara por primera vez.

El 2010 , Editorial Norma publicó otra edición incumpliendo la decisión de INDECOPI de consignar de manera visible los nombres de los coautores por lo que resolvió modificar la sanción inicial de primera instancia  de amonestación a una multa efectiva.

El fallo de la Sala de Propiedad Intelectual de INDECOPI señala que existe infracción al derecho moral de paternidad de los coautores por haberse presentado la obra “El Otro Sendero” como si fuese de autoría exclusiva de Hernando De Soto. 

Considera que  debió haberse consignado en alguna parte visible del exterior de la obra la condición de coordinador de la obra a De Soto, además de la mención de los coautores en la hoja de créditos.

Finalmente INDECOPI ordenó inscribir la resolución aludida en el Registro de Infractores de la Legislación sobre Derechos de Autor.

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