FISCALÍA SUPERIOR DISPONE REABRIR INVESTIGACIÓN DE DENOMINADO CASO SODALICIO
FISCALÍA SUPERIOR DISPONE REABRIR INVESTIGACIÓN DE DENOMINADO CASO SODALICIO

El titular de la Sexta Fiscalía Superior Penal de Lima, Frank Almanza Altamirano, dispuso se reabra la investigación contra Luis Figari Rodrigo, Jaime Baertl, Virgilio Levaggi, José Ambrozic, Eduardo Regal, Oscar Tokumura, Erwin Scheuch y los que resulten responsables por la presunta comisión de los delitos de secuestro, lesiones graves y asociación ilícita para delinquir en el denominado caso Sodalicio.

Asimismo, declaró nula la disposición fiscal de la 26° Fiscalía Provincial Penal de Lima, que declaró no haber mérito para formular cargos contra los mencionados en el párrafo anterior. Además, propone una serie de diligencias que permitan cumplir los fines de la investigación.

De acuerdo a la resolución de Almanza Altamirano, se advierten algunos puntos críticos en la investigación preliminar; por ejemplo no se enmarca adecuadamente el aspecto fáctico para que se puedan determinar la existencia de los hechos denunciados, cómo se suscitaron, en qué espacio y tiempo, personas afectadas e implicadas, entre otros elementos que no se enmarcaron en un supuesto fáctico de investigación.

Adicionalmente, el fiscal superior considera que se produjo inactividad de la fiscal provincial debido a que la mayoría de los actos de investigación se dieron por iniciativa de las partes e igualmente sucedió con la información ingresada al expediente que fueron aportados mayoritariamente por ellos.

Fiscalía reabre investigación contra autoridades del Sodalicio
Fiscalía reabre investigación contra autoridades del Sodalicio

Observa también, esta fiscalía superior, que no se produjeron adecuadamente los interrogatorios, debido a que la directora de la investigación permitió que las preguntas sean formuladas por la defensa de los denunciados hacia las víctimas. Hecho evidenciado en un incidente descrito en una de las actas de la declaración brindada por Pedro Salinas.

Por otro lado, señala la omisión de realización de diligencias solicitadas, es así que de una solicitud de recoger la declaración de 25 personas sólo se citan a nueve. Asimismo, declaró improcedente el pedido de Manuel Rodríguez Canales para declarar, dada su participación en la elaboración del Informe de la Comisión de Ética para la Justicia y Reconciliación.

Almanza Altamirano recuerda que en una investigación preliminar debe recabarse toda la información posible para el cumplimiento del objeto de la misma. Adicionalmente, observa que la fiscal provincial haya desestimado los peritos ofrecidos por los denunciantes irrogándose la facultad de designar, nombrar y acreditar a los peritos de parte, los cuales pueden ser ofrecidos en una investigación o proceso por las presuntas víctimas o por los denunciados, quedando claro que el sistema de justicia incorpora de manera formal un perito oficial.

Es así que el titular de la Sexta Fiscalía Superior Penal de Lima dispuso que el caso sea derivado a la Mesa de Partes Única de las Fiscalías Provinciales Penales de Lima donde, de manera aleatoria, ha sido remitido a la 18° Fiscalía Provincial Penal de Lima para el cumplimiento de la reapertura de investigación.

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