La prohibición rige a partir de mañana, hasta el 30 de septiembre del 2008, a excepción del departamento de Cajamarca, donde esta prohibición culminará el 31 de agosto del 2008.
Esta norma ha dispuesto que las personas naturales que extraigan, desembarquen, transporten, almacenen, retengan o comercialicen trucha en cualquier estado de conservación durante el periodo de veda, serán sancionados.
No obstante las personas que cuenten a la fecha con un stock del mencionado recurso tienen un plazo de 7 días calendario para su comercialización siempre que presenten una declaración jurada de dicho stock.