Como se especulaba, Saquicuray declaró infundada la demanda planteada por el juez suplente del Juzgado Militar Policial de la FAP, Fernando Rivera Baca, y el procurador público del Ministerio de Defensa para que se inhiba del caso.
En la resolución, a la que tuvo acceso elcomercio.pe, Saquicuray argumenta que decidió no inhibirse porque Ariza, si bien es militar en actividad, no ha atentado contra las instituciones castrenses sino contra “el Estado mismo y ha atentado contra el bien jurídico seguridad nacional”.
“Por lo tanto, el ilícito cometido por el referido encausado (revelación de secretos nacionales y espionaje) no constituye un delito de función sino un delito común correspondiendo, por tanto, su juzgamiento al Poder Judicial”, refirió la magistrada, acogiendo la posición del Ministerio Público.
NADA CON FUERO CASTRENSE En sus considerandos, Saquicuray explicó que el fuero castrense es estrictamente “privativo”, puesto que compromete a bienes militares y policiales, no siendo así en este caso.
“El Estado garantiza la seguridad de la Nación, tanto más si consideramos que la defensa nacional es integral, y por tanto dentro de ella están incluidos tanto como los civiles, como los militares y como consecuencia las instituciones a las que pertenecen”, indicó.
Saquicuray anotó que el espionaje afectó al Estado en su conjunto, por lo que corresponde al fuero común llevar a cabo la investigación. El Tribunal Militar Policial decidió, ante ello, plantear una contienda de competencia ante la Corte Suprema.