La magistrada precisa que la decisión adoptada no significa que haya adelantado opinión. “Se admite el proceso constitucional de hábeas corpus en cumplimiento con la normatividad legal vigente y los precedentes de carácter obligatorio del Tribunal Constitucional”, explicó.
La doctora Bless Cabreras manifestó que se pronunciará oportunamente, de acuerdo a ley y ajena a todo tipo de presiones, después de recibir las declaraciones y escritos que presenten el demandante, el demandado y el procurador del Estado.
“Las diligencias ya han sido programadas y se realizarán en los siguientes días. Mi pronunciamiento, a favor o en contra del recurso presentado, será luego de haber concluido con la evaluación correspondiente”, remarcó.
A través del hábeas corpus, el abogado Alfredo Crespo Bragayrac pide se declare la improcedencia de la resolución del Inpe que desestima la visita familiar-encuentro familiar de los cabecillas senderistas Elena Iparraguirre y Abimael Guzmán.
El letrado argumenta que la resolución del Instituto Nacional Penitenciario constituye una presunta vulneración a los derechos “a la dignidad inherente a las personas, a la protección de la familia, a la igualdad ante la ley, y a no ser discriminado por razones de opinión y militancia política”.