La iniciativa legislativa, que aparece publicada en el portal del Congreso de la República, plantea que al término de ese periodo de cinco años, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamientos de Universidades (Conafu) revalidará la autorización si la casa superior de estudios cumple estándares de calidad.
Dichos estándares serán aprobados por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior (Coneau).
De acuerdo a la legislación vigente, las universidades son autorizadas a funcionar de manera provisional hasta alcanzar la autorización definitiva, luego de lo cual, las casas superiores de estudios no tienen la obligación de someterse a nuevos procesos de evaluación.
De otro lado, la referida iniciativa dispone que el Conafu suspenderá la autorización de funcionamiento de nuevas universidades públicas o privadas, en tanto se establezcan los estándares de acreditación.
También se suspende el ingreso en la modalidad de educación a distancia o cualquier otra modalidad similar a las universidades públicas o privadas que no se encuentren acreditadas ante el Coneau
Evaluación de filiales
Otro artículo faculta al Conafu a realizar una evaluación extraordinaria de las filiales universitarias autorizadas a funcionar conforme a ley, verificando el cumplimiento de los estándares correspondientes.
También otorga a dicho comisión la potestad de cancelar las autorizaciones de funcionamiento de las filiales universitarias que, como consecuencia de la evaluación, no cumplan con las pautas aprobadas.
Mientras que las filiales que se encuentren funcionando sin autorización de los organismos competentes previstos, el Conafu dispondrá de su inmediata clausura, así sea de universidades públicas o privadas. Dicha iniciativa lleva la rúbrica del Presidente de la República, Alan García y el jefe del Gabinete Ministerial, Javier Velásquez Quesquén.