Con 101 votos a favor, 1 en contra y 20 abstenciones; el Pleno del Congreso de la República aprobó el retiro de los aportes acumulados de la AFP hasta por un monto de 4 UIT (equivalente a S/17 200 soles)

Este retiro – que se realizará en tres partes (cada 30 días) – podrán hacerlo las personas que no han aportado a su fondo de pensiones por al menos en un lapso de 12 meses consecutivos, hasta el 31 de octubre de 2020.

Por otro lado, los afiliados deberán presentar, por única vez, la solicitud de retiro en la modalidad remota, virtual o presencial; dentro de los 90 días posteriores a la vigencia del reglamento de la norma, que fue además exonerada de segunda votación (90 votos a favor, 11 en contra y 15 abstenciones)

El reglamento para el retiro de los fondos acumulativos de la AFP estará a cargo de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradora Privada de Fondos de Pensiones, ente que tendrá hasta 15 días calendarios después de publicada la Ley para indicar los lineamientos.

OTRAS DISPOSICIONES

Además, el texto sustitutorio de la “Ley que faculta el retiro de los fondos privados de pensiones en el contexto de la pandemia Covid-19”, también autoriza el retiro de 1 UIT (equivalente a S/4300 soles) para los afiliados que no han aportado en el mes de octubre 2020.

Del mismo modo, los afiliados (aportantes o no en el momento) que sufran enfermedades oncológicas y/o hematología clínica – diagnosticada por una Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPRESS) – podrán retirar de manera extraordinaria sus aportes acumulados de la AFP hasta por 4 UIT (S/17 200 soles), dinero que deberá desembolsarse a los 30 días de presentada la solicitud.

LO QUE VIENE…

Tras la aprobación y exoneración de la segunda votación, la ley del retiro de la AFP hasta S/17 200 será enviada al Ejecutivo para que el presidente de la república la promulgue o la observe. Para ello, el jefe de Estado tiene un plazo de 15 días (artículo 108 de la Constitución Política del Perú)

El presidente Vizcarra se ha mostrado públicamente en contra de un nuevo retiro de la AFP, por lo que se desprende la observará o devolverá al Legislativo tal cual llegó.

Entonces quedará en manos del Congreso aprobarla por insistencia (si presenta observaciones) o al presidente del Parlamento, Manuel Merino de Lama, promulgarla si es que la ley llegó sin observaciones.

Foto: Diario El Comercio.

Por: Luis Miguel Guerrero Dávila.

Periodista (redactor y reportero) de www.enlinea.pe