La comisión especial revisora del Código Penal acordó -con cuatro votos a favor, dos en contra y dos abstenciones- despenalizar tanto el aborto eugenésico como el mal llamado aborto sentimental, que tiene como fin impedir el nacimiento de un feto cuando la mujer ha sido víctima de violación sexual.

La comisión especial revisora del Código Penal acordó -con cuatro votos a favor, dos en contra y dos abstenciones- despenalizar tanto el aborto eugenésico como el mal llamado aborto sentimental, que tiene como fin impedir el nacimiento de un feto cuando la mujer ha sido víctima de violación sexual.

Según informó el diario ‘El Comercio’, dicho grupo de trabajo, presidido por el congresista Carlos Torres Caro e integrada por 14 personas, también aprobó, hace solo dos semanas, una modificación al artículo 112 del Código Penal relativo al homicidio piadoso (eutanasia).
 
Aunque dentro del cambio propuesto se aumenta la pena de cárcel de dos a cuatro años (el Código Penal solo considera una pena privativa de libertad no mayor de tres años), se hace un agregado que deja abierta la posibilidad de que el juez pueda eximir de sanciones "cuando la muerte hubiera sido solicitada de modo consciente por el enfermo, herido o quien sufrió graves quemaduras".
 
La comisión modificó los artículos 114 al 120 del Código Penal relativos al aborto. El más polémico es el último, referido tanto al aborto eugenésico -llamado así porque se interrumpe la vida de un feto con graves malformaciones congénitas, o taras físicas o psíquicas que han sido comprobadas por un médico especialista- como al aborto por violación sexual.
 
Cabe indicar que ambos casos son castigados por el actual Código Penal con solo tres meses de pena privativa de libertad, aunque en la práctica no hay cárcel efectiva.
 
Por ahora, la comisión especial revisora del Código Penal continuará con su trabajo hasta mediados de diciembre, aunque es probable que soliciten una ampliación, detalló Torres Caro.
 
Una vez concluidas las modificaciones del Código Penal, estas serán elevadas al presidente del Congreso, quien decidirá si son llevadas al Pleno para su discusión y aprobación, o son remitidas a la Comisión de Justicia para su revisión.

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