Una multa ascendente al 20% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) deberán pagar los pasajeros que aborden los buses de los corredores complementarios en estado de ebriedad y generen desorden al interior de la unidad.
Según informó Humberto Valenzuela, jefe del proyecto de implementación de los corredores de la Municipalidad de Lima, la medida se da en el marco del establecimiento de parámetros del servicio y normas de conducta tanto para los operadores, como para los usuarios.
“Tenemos que proteger la integridad física y emocional de los usuarios”, precisó a Canal N. “Si un usuario realiza desorden en el vehículo, habiendo ingerido bebidas alcohólicas, será obviamente sancionado. Pero el hecho de subir en estado de ebriedad o habiendo ingerido bebidas alcohólicas de ninguna manera será sancionado”, acotó.
La sanción está contemplada en el punto “b” del artículo 28 de la ordenanza 1769, que regula el sistema integrado de transporte público de Lima. Se indica que una de las obligaciones del usuario es tener un comportamiento adecuado dentro del vehículo.
MULTAS. La sanción es del 20% de una UIT, un promedio de S/. 760 y la reincidencia eleva el monto al 40% es decir S/. 1,520.