{youtube}K1qH5C9_b2I{/youtube} (Video Cortesía Canal N) Protegido con un chaleco antibalas, Ronny Ramos Pérez "Bolón" fue puesto a disposición del INPE para su inmediato traslado a un penal, luego que el Poder Judicial (PJ)  le abrió instrucción con mandato de detención.

 

 

{youtube}K1qH5C9_b2I{/youtube} (Video Cortesía Canal N) Protegido con un chaleco antibalas, Ronny Ramos Pérez "Bolón" fue puesto a disposición del INPE para su inmediato traslado a un penal, luego que el Poder Judicial (PJ)  le abrió instrucción con mandato de detención.

 

 

Fue la jueza Nancy Carmen Choquehuanca del 36° Juzgado Penal de la Corte de Lima quien abrió instrucción con mandato de detención contra Ronny Ramos Pérez, el barrista del club Universitario de Deportes acusado de empujar de un ómnibus en marcha a María Paola Vargas Ortiz y provocarle la muerte.

Ramos Pérez, conocido como “Bolón”, será procesado, vía sumaria, por los delitos de lesiones graves seguidas de muerte y hurto agravado en grado de tentativa, en agravio de Vargas Ortiz; así como por el cargo de disturbios en perjuicio de la sociedad.

La doctora Choquehuanca, que ayer le tocó despachar el Juzgado Penal de Turno Permanente de la Corte de Lima, dispuso el internamiento en un centro penitenciario del barrista de Universitario de Deportes quien, horas antes, fue  detenido en Independencia por efectivos de la Policía Nacional, tras 19 días de permanecer oculto.

LOS OTROS ENCAUSADOS Con relación a los barristas Erick Sandoval Vargas, Jhonatan Salazar Robles, Juan Gutiérrez Muñoz, Gonzalo Cáceres Ramos, Iván Cagnevari Rivas y Julio  Rengifo Gutiérrez, se les abrió instrucción con mandato de comparecencia restringida por delito de disturbios en agravio de la sociedad.

Se señala que la judicatura, en uso de sus facultades y con la finalidad de asegurar que los denunciados cumplan con presentarse al juzgado y dada la naturaleza de delito, impuso a los mencionados encausados la orden de impedimento de salida del país.

Al fundamentar la orden de detención contra Ramos Pérez, la doctora Choquehuanca señala que en su caso concurren los tres requisitos establecidos por el artículo 135° del Código Procesal Penal: la existencia de suficientes elementos que vinculan la investigado con los hechos ilícitos que se le imputan, los delitos son sancionados con penas mayores al año de prisión y existe peligro procesal.

Finalmente, a Miguel Flores Mena -médico del hospital María Aurixliadora – le abrió instrucción con mandato de comparecencia, como presunto autor del delito de abuso de autoridad en la modalidad de omisión de actos funcionales. La jueza también dispuso el embargo preventivo de los bienes de los encausados a fin que puedan cubrir el monto de una posible reparación civil a favor de los agraviados.

En las siguientes horas, el expediente de este sonado caso será remitido a la Mesa de Partes de los Juzgaos Penales de la Corte de Lima a fin que, por la vía aleatoria, sea derivado un juzgado penal para procesos con reos en cárcel.

 

Administrador de contenidos de Grupo Periodismo en Línea

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