PODER JUDICIAL DICTA SEIS MESES DE PRISIÓN PREVENTIVA PARA PRESUNTO VIOLADOR DE CENSISTA EN VILLA EL SALVADOR
PODER JUDICIAL DICTA SEIS MESES DE PRISIÓN PREVENTIVA PARA PRESUNTO VIOLADOR DE CENSISTA EN VILLA EL SALVADOR

Marco Antonio Luza Segundo, el hombre que abusó sexualmente a una joven empadronadora del INEI durante el Censo 2017,  pasará seis meses en prisión preventiva.

La titular del Juzgado de Turno Permanente de la Corte Superior de Lima Sur, Carmen Ruiz Díaz, dictó la medida contra Luza Segundo por el delito de violación de la libertad sexual hecho ocurrido en su domicilio de Villa El Salvador.

En audiencia privada, la magistrada escuchó a las partes y luego, en conferencia de prensa, explicó que aceptó el requerimiento del Ministerio Público debido a que existen graves y fundados elementos de convicción para imponer la medida coercitiva.

PODER JUDICIAL DICTA SEIS MESES DE PRISIÓN PREVENTIVA PARA PRESUNTO VIOLADOR DE CENSISTA EN VILLA EL SALVADOR
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También por la gravedad de la pena y que el acusado no acreditó el arraigo necesario que aseguren su presencia durante las investigaciones que realizará la Fiscalía.

La magistrada refirió que el acusado niega los cargos de violación sexual imputados en su contra pues éste señaló que tuvo con la empadronadora relaciones sexuales consentidas y sin violencia.

Cabe indicar que inicialmente el Ministerio Público, a través de su página web, anunció que el requerimiento solicitado era por nueve meses, pero durante la audiencia la fiscal a cargo del caso formuló el pedido solo por seis.

El Ministerio Público planteó su pedido de acuerdo con el artículo 170 del Código Penal que prevé una condena de seis a ocho años de pena privativa de la libertad, según su calificación.

El plazo de la prisión preventiva no significa el tiempo de condena, sino que se trata de una medida cautelar para que el Ministerio Público realice sus investigaciones y prepare la acusación fiscal.

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