http://www.youtube.com/watch?v=pp78kBgs4Ok (Agencia Andina) El ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) presentó una queja ante el INDECOPI, al considerar que cierto spot publicitario difundido por un diario local, presenta una situación de maltrato emocional y humillante contra los niños.

http://www.youtube.com/watch?v=pp78kBgs4Ok (Agencia Andina) El ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) presentó una queja ante el INDECOPI, al considerar que cierto spot publicitario difundido por un diario local, presenta una situación de maltrato emocional y humillante contra los niños.

Asimismo, la ministra de la Mujer y Desarrollo Social, Nidia Vílchez, remitió un oficio al director del diario en mención para que esta publicidad sea retirada, puesto que según sostuvo “el spot publicitario del diario El Bocón, difunde una situación de maltrato emocional y trato humillante perpetrado en contra de un niño, lo que constituiría una transgresión al Principio de Adecuación Social, contenido en el Art. 18° del Decreto Legislativo N°1044”.
 
El spot se contextualiza, según una nota de prensa del MIMDES, en el marco de un diálogo entre padre (señor Juan Martínez, periodista del diario conforme información consignada en el comercial) y su hijo durante un partido de fútbol en que se encuentra participando como miembro del equipo.
 
En este se aprecia el diálogo del niño con su padre, quien dice “¡Papá! ¿Viste mi gol?”, y su progenitor le contesta “horrible tu gol, lo peor que he visto en toda mi vida. No sé cómo entró la pelota porque le pegaste con la canilla…”.
 
El análisis de la publicidad contempla la vulneración de derechos de las niñas, niños y adolescentes (NNA) involucrados; así como el derecho al desarrollo integral de la personalidad de los niños, según el artículo 6 del Código de los niños, niñas y adolescentes.
 
Asimismo, hace referencia a los derechos de los niños, niñas y adolescentes a no recibir malos tratos conforme se desprende del artículo 19 de la Convención sobre los Derechos del Niño. Así, se considera violencia perpetrada en contra de los NNA conforme la Comisión de Derechos del Niño a “toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual”.
 
“Las expresiones despectivas de un padre hacia su hijo constituyen una situación humillante que configura una situación de abuso emocional, considerando, sobre todo el vínculo afectivo entre la víctima y su victimario», indica el informe.
 
Agrega que el hecho que se transmita un spot televisivo de un diario deportivo cuyo principal consumidor es de sexo masculino podría constituir un mecanismo de validación social por parte de este segmento de consumidores frente a situaciones de maltrato emocional y trato humillante frente a los NNA, situación que se agrava frente a la posibilidad de que éstos sean sus propios hijos.
 

Administrador de contenidos de Grupo Periodismo en Línea

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