Tras el expediente que le abrió la Federación Internacional del Fútbol Asociado (FIFA) al futbolista uruguayo Luis Suarez por haber mordido en el hombro al italiano Giorgio Chiellini en el compromiso que protagonizaban Uruguay e Italia por el Grupo “D” del Mundial Brasil 2014, la Comisión Disciplinaria del referido organismo decidió castigar al delantero sudamericano con nueve (9) fechas de suspensión para los siguientes partidos oficiales que dispute su selección, en la que tampoco podrá presenciar los partidos dentro de un estadio.
Adicionalmente, dicha jefatura prohibió a Luis Suárez ejercer cualquier actividad relacionada con el fútbol (entiéndase como jugador, administrativo, dirigente u otra) durante cuatro (4) meses, tiempo en donde al igual que en los partidos oficiales con su selección, se le prohíbe la entrada a cualquier escenario (No podrá actuar con su club Liverpool por ese lapso de tiempo).
También se le impuso al futbolista uruguayo una multa de 80 mil euros aproximadamente.
«No se puede tolerar este tipo de comportamiento en un terreno de juego, especialmente durante la Copa Mundial de la FIFA™, cuando millones de personas tienen la vista puesta en los jugadores. La Comisión Disciplinaria ha tenido en cuenta todos los elementos del caso y el grado de culpabilidad de Luis Suárez de acuerdo con lo estipulado en el Código Disciplinario. La decisión ha entrado en vigor en el momento en el que se ha comunicado», declaró el mismo presidente de la Comisión Disciplinaria de la FIFA, Claudio Suiser.
A continuación pongo a su disposición el fallo de la FIFA sobre el caso Luis Suárez:
– Se considera culpable al futbolista Luis Suárez de haber violado el art. 48, apdo. 1d del Código Disciplinario de la FIFA (CDF) al agredir a otro jugador, y el art. 57 del CDF por haber cometido una ofensa a la deportividad contra otro jugador.
– Se suspende al jugador Luis Suárez por nueve (9) partidos oficiales. El primer partido al que se aplicará la sanción será el próximo encuentro de la Copa Mundial de la FIFA™ entre Colombia y Uruguay, que se disputará el 28 de junio. En virtud del art. 38, apdo. 2a del CDF, el resto de la sanción se aplicará a los siguientes partidos de Uruguay en el Mundial si esta selección sigue avanzando en el torneo o a los siguientes partidos oficiales de la selección uruguaya.
– De acuerdo con el art. 22 del CDF, durante cuatro (4) meses, se le prohíbe a Luis Suárez ejercer cualquier clase de actividad relacionada con el futbol (administrativa, deportiva o de otra clase).
– De acuerdo con el art. 21 del CDF, se prohíbe asimismo a Luis Suárez entrar en los recintos de todos los estadios durante el periodo de duración de la prohibición (v. punto 3). El jugador tampoco podrá entrar en los recintos del estadio en el que la selección uruguaya dispute un encuentro mientras esté cumpliendo con los nueve partidos de suspensión (v. punto 2).
– Además, se le impone una multa que asciende a 100.000 CHF.
La decisión se ha comunicado el jueves 26 de junio al jugador y a la Asociación Uruguaya de Fútbol.
Por: Luis Miguel Guerrero.