El periodista Rafael León Rodríguez (Rafo León) acudió hoy a la lectura de sentencia en su contra pero el 42° Juzgado Penal de la Corte Superior de Lima reservó el fallo condenatorio como autor del delito contra el honor en la modalidad de difamación agravada en agravio de Martha Meier Miró Quesada.
Por efecto de la sentencia, la magistrada del referido despacho judicial, doctora Susan Coronado Zegarra, dispuso que durante un año el sentenciado Rafo León quedará sujeto a las siguientes reglas de conducta: no variar de domicilio sin previo aviso al juzgado y cada 30 días concurrir a la Oficina de Control Biométrico a fin de registrar su firma.
Se señala que si Rafo León Rodríguez incumpliera las referidas reglas de conducta, el Código Penal faculta al juez a formular una severa advertencia, prorrogar el régimen de prueba o revocar el mismo.
La sentencia también fija en seis mil soles el monto que por concepto de reparación civil que deberá abonar Rafo León a favor de la agraviada, “en los plazos y condiciones que señala la ley”.
La reserva del fallo condenatorio contra Rafo León consiste en la no imposición de una condena contra el sentenciado, quedando éste, sin embargo, obligado a tener un comportamiento adecuado, cumpliendo las reglas de conducta impuestas por el magistrado durante un período de tiempo determinado.
Al cumplir el período de prueba, la sentencia quedará exenta de antecedentes judiciales.