La sentencia contra la periodista Magaly Medina no sólo apunta a la resocialización con la prisión de 76 días que purgó en el penal Santa Mónica, sino que establece un peligroso precedente pocas veces aplicado y que la obliga a pagar los honorarios incluso de la abogada del jugador Paolo Guerrero que la demandó por difamación.

La sentencia contra la periodista Magaly Medina no sólo apunta a la resocialización con la prisión de 76 días que purgó en el penal Santa Mónica, sino que establece un peligroso precedente pocas veces aplicado y que la obliga a pagar los honorarios incluso de la abogada del jugador Paolo Guerrero que la demandó por difamación.

Según el diario ‘La República’ además de la reparación civil, la Tercera Sala Penal de Reos en Cárcel de Lima considera que el gasto en la defensa de Guerrero formaría parte del perjuicio económico al jugador.

En el documento publicado por el matutino se establece que además de los 100 mil soles de reparación civil, Magaly deberá pagar "las costas y costos" en que incurrió Guerrero en este proceso; es decir, los honorarios de la abogada Tatiana Bardales.
 
Igualmente, se le impone una multa de 200 días, equivalente al 25 por ciento de su sueldo diario. Este monto se establece con una sencilla operación: su sueldo mensual se divide entre 30, lo que da su ingreso diario, al que se le saca el 2 por ciento, y este resultado, se multiplica por 200. Con un sueldo de 10 mil dólares mensuales, debería pagar más de 16 mil dólares de multa.
 
Sobre la rectificación que se le impone a Magaly, esta aparece como una de las cinco reglas de conducta que deberá cumplir durante el periodo de prueba de un año que se le impuso al modificarse la condena efectiva por dos años de pena privativa de libertad.
 
La sentencia consta de 13 puntos en los que se describe el caso y las conclusiones del voto en mayoría, más la parte resolutiva, donde se precisan la pena y la reparación civil.
 
Los magistrados establecen que Magaly Medina es responsable de difamación porque nunca pudo probar la veracidad de la información sobre Paolo Guerrero.
 
Anota, además, que "en ningún momento la señora Medina señaló que había delegado funciones al señor César Lengua para que, en su condición de director asociado, sea el responsable de verificar la noticia sobre el futbolista Paolo", y que esta versión solo surge después como un acto de defensa.
 
Agrega que es obvio que en la práctica fue Magaly Medina quien asumió el rol de garante y, por tanto, (tenía) el deber de controlar el contenido de la publicación y no el personal que labora en la revista.
 
En el punto 10 se indica que este caso no colisiona con el derecho a la información, "porque no se le está sancionando por el hecho de informar: sino por el de informar al público por medio de la prensa, la televisión y página web, de una noticia errada (…)".
 
Subraya que si bien Paolo Guerrero goza de reconocimiento popular, no es un funcionario público y, por tanto, no hay conflicto entre la libertad de expresión y el derecho al honor.
 
El veredicto subraya que Magaly Medina no es reincidente ni habitual en el delito porque al momento de ser sentenciado ya había sido rehabilitada de sentencias anteriores, por lo que no se le puede poner una pena de prisión efectiva.

Administrador de contenidos de Grupo Periodismo en Línea

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