JNE

El Jurado Nacional de Elecciones recordó que los funcionarios del Estado deben mantener el principio de neutralidad hasta la culminación de la segunda vuelta presidencial que se desarrollará el próximo 5 de junio.
 
El artículo 31 de la Constitución Política del Perú y los artículos 346 y 347 de Ley Orgánica de Elecciones establecen las prohibiciones que rigen en las Elecciones Generales 2016 para las autoridades políticas o públicas y para los funcionarios estatales, los cuales garantizan la neutralidad durante los procesos electorales, garantizando la transparencia de los mismos.
 
El presidente del JNE, Francisco Távara Córdova, exhortó a los funcionarios a respetar la ley, recordando que este Supremo Tribunal Electoral ya se ha pronunciado en estas elecciones invocando al Presidente de la República a mantener el principio de neutralidad, sobre todo en su calidad de primer funcionario público del país.
 
Asimismo, manifestó que en caso de que alguna organización política que participa en la segunda vuelta electoral se sintiera agraviada por declaraciones de los funcionarios y autoridades del Estado, tienen el derecho de presentar la denuncia ante los Jurados Electorales Especiales respectivos, órganos temporales que iniciarán los procesos que corresponden.
 
“El JNE y los Jurados Electorales Especiales han demostrado que son competentes moral y profesionalmente para sacar adelante este proceso, más allá de los momentos difíciles”, declaró durante una entrevista a un medio televisivo.
 

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