Keiko Fujimori y Susana Villarán:¿Por qué el Poder Judicial ordenó su excarcelación?
Keiko Fujimori y Susana Villarán:¿Por qué el Poder Judicial ordenó su excarcelación?

La excandidata presidencial Keiko Fujimori y la exalcaldesa de Lima Susana Villarán, dejarán la prisión en las próximas horas luego de que el Poder Judicial revocó la orden de prisión preventiva en su contra.

En el primer caso, la decisión la penal de Apelaciones Nacional del Poder Judicial se refirió a una apelación formulada por Giuliana Loza, abogada de Keiko Fujimori, y en el segundo caso a un pedido de cese de prisión preventiva por riesgo de contagio de COVID-19.

¿Qué razones tuvo el Poder Judicial para disponer ambas medidas? en el caso de Fujimori, la decisión la tomaron los jueces de la sala penal, quienes coincidieron en que la exprimera dama se mantenía en un régimen de prisión preventiva excesivo.

«La medida de prisión preventiva resulta excesiva por ser la más gravosa», señala el documento judicial. Agrega además que la sospecha sobre una culpabilidad, no es suficiente para dictar tal medida.

Señala además que la sospecha o culpabilidad no es suficiente para dictar prisión preventiva en su contra.

«La sospecha de culpabilidad basada en la contundencia de los elementos de convicción incriminatorios no es suficiente por si misma para dictar prisión preventiva, más aún, porque los encargados de la persecución penal, no muestran la diligencia debida para el juicio oral en el menor plazo posible«, precisa el fallo.

Villarán con riesgo de COVID-19

Pero en el caso de Susana Villarán, el Poder Judicial admitió el pedido de cese de prisión preventiva en su contra ante el riesgo de que esta pueda contagiarse de COVID-19, en el penal de Chorrillos.

La sala tomó en cuenta “las enfermedades que padece la investigada Villarán de la Puente, esto es, lupus eritematoso e hipertensión arterial”.

“Se verifica que las referidas enfermedades si bien no son graves, pero al vincularlas al riesgo de contagio de COVID-19 puede ser muy letal no solo para la salud, sino incluso para la vida de la investigada Villarán”, refiere la resolución judicial.

Además, menciona que “la directora del Establecimiento Penitenciario de Chorrillos mediante Oficio 056-2020 INPE, indicó entre otras cosas que no se puede evitar que la interna Villarán de la Puente se contagie de COVID-19 por ser una pandemia a nivel mundial».

La sala advierte también que en los penales de Miguel Castro Castro y Lurigancho se han registrado motines para exigir atención médica y pruebas de coronavirus. «Lo que acredita que, el INPE no puede evitar que la pandemia COVID-19 se propague en las cárceles de nuestro país”.

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