La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) manifestó su preocupación por la reciente decisión del Tribunal Constitucional del Perú que obliga a la Empresa Editora El Comercio a retirar de internet tres publicaciones periodísticas difundidas en octubre de 2014.
La organización considera que la medida representa un precedente que podría afectar la libertad de prensa, el acceso a información de interés público y la preservación del registro histórico digital.
La sentencia, identificada como la 144/2026 y difundida el 30 de junio, resolvió a favor de una demanda de habeas data presentada por Lorena Bellina Schrader, quien se desempeñaba como asesora del Ministerio de Agricultura cuando fue mencionada en las notas periodísticas.
El caso enfrenta el derecho al olvido con la libertad de información
Las publicaciones cuestionadas relacionaban a Bellina Schrader con la organización criminal conocida como Red Orellana, basándose en el testimonio de una testigo presentado ante una comisión investigadora del Congreso peruano.
Sin embargo, posteriormente un informe oficial concluyó que no existían responsabilidades en su contra.
Aunque El Comercio incorporó actualizaciones a las notas para reflejar la evolución del caso, el Tribunal Constitucional determinó que esas modificaciones no eran suficientes para reparar la afectación alegada por la demandante. En consecuencia, ordenó eliminar completamente los contenidos periodísticos.
Según reportes especializados citados por la SIP, la difusión inicial de esas informaciones habría derivado en el cese de Bellina Schrader de su cargo público.
La SIP advierte sobre un precedente para el periodismo
El presidente de la SIP, Pierre Manigault, sostuvo que la organización reconoce el impacto que puede generar la permanencia de información desactualizada en internet.
No obstante, cuestionó que la respuesta judicial haya sido eliminar los contenidos en lugar de adoptar mecanismos menos restrictivos.
«La solución no debería ser borrar el contenido, sino aplicar medidas que reduzcan su difusión sin eliminarlo«, afirmó Manigault, quien además calificó la decisión como una medida «excesiva y potencialmente peligrosa para la libertad de prensa y el registro de información histórica en línea».
Para la organización hemisférica, la eliminación de contenidos periodísticos puede generar efectos que trascienden un caso individual y afectar el papel que cumplen los medios en la documentación de hechos de interés público.
Existen alternativas menos restrictivas, sostiene la organización
La presidenta de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, Martha Ramos, indicó que es posible proteger los derechos de las personas mediante mecanismos distintos a la eliminación de publicaciones.
Entre esas opciones mencionó la incorporación de actualizaciones visibles, aclaraciones o contextualizaciones que permitan reflejar la evolución de los hechos sin borrar el contenido original.
Ramos advirtió que retirar publicaciones históricas podría debilitar la memoria colectiva y limitar la capacidad de la prensa para dar seguimiento a asuntos de relevancia pública.
Además, alertó que este tipo de resoluciones podría incentivar nuevas solicitudes de eliminación de información, profundizando el debate entre el denominado derecho al olvido y la libertad de información.
La Declaración de Salta II respalda la preservación de información pública
La SIP recordó que la Declaración de Salta II, en su décimo principio, establece que la supresión o desindexación de información relacionada con hechos de interés público puede afectar el derecho de la ciudadanía a mantenerse informada y preservar la memoria histórica.
La organización reconoce que la protección de datos personales y la privacidad son derechos fundamentales, pero sostiene que estos deben armonizarse con la circulación de información de interés público, especialmente cuando se trata de hechos que forman parte del debate democrático y del registro periodístico.
