Los trabajadores del sector público y privado de Lima, Callao y cinco regiones del Perú tendrán días no laborables compensables en noviembre de 2026, con motivo de la visita oficial del papa León XIV, programada del 11 al 16 de ese mes. La medida busca facilitar la participación de la ciudadanía en las actividades previstas durante la permanencia del sumo pontífice en el país.

La disposición fue oficializada por el Gobierno mediante el Decreto Supremo N.º 020-2026-TR, publicado este viernes 23 de octubre en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. La norma establece fechas diferenciadas según la región y el sector laboral, además de las condiciones para recuperar las horas no trabajadas.

A diferencia de los feriados nacionales, estos días no laborables no constituyen descansos remunerados sin compensación, por lo que los trabajadores deberán recuperar las horas correspondientes. En el caso de las empresas privadas, su aplicación dependerá de un acuerdo entre empleadores y trabajadores.

¿Qué días serán no laborables por la visita del papa León XIV?

El decreto establece jornadas no laborables en Lima, Callao, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Piura, Cusco y Ucayali, aunque su aplicación varía según se trate del sector público o privado.

Para los trabajadores del sector público, las fechas son las siguientes:

Lima Metropolitana y Callao:

  • Miércoles 11 de noviembre: desde las 13:00 hasta las 24:00 horas.
  • Jueves 12 de noviembre: desde las 13:00 hasta las 24:00 horas.
  • Lunes 16 de noviembre: jornada completa.

Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y Piura:

  • Viernes 13 y sábado 14 de noviembre: jornadas completas.

En estas jurisdicciones, las entidades públicas deberán organizar sus actividades para cumplir la disposición sin afectar la prestación de servicios indispensables.

Días no laborables para el sector privado: ¿qué regiones están incluidas?

La norma también contempla al sector privado, con las mismas fechas previstas para Lima, Callao y las cuatro regiones del norte. Sin embargo, incorpora dos departamentos adicionales.

Lima y Callao:

  • 11 y 12 de noviembre, desde las 13:00 hasta las 24:00 horas.
  • 16 de noviembre, jornada completa.

Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y Piura:

  • 13 y 14 de noviembre, jornadas completas.

Cusco y Ucayali:

  • Domingo 15 de noviembre, jornada completa.

En las empresas privadas, el descanso compensable deberá ser acordado entre el empleador y sus trabajadores. Si no existe consenso, corresponderá al empleador determinar su aplicación y la forma de recuperación de las horas.

Por tanto, la declaración de día no laborable no implica que todas las empresas privadas deban suspender automáticamente sus actividades.

¿Cuál es la diferencia entre un feriado y un día no laborable compensable?

Aunque ambas disposiciones pueden permitir que los trabajadores descansen, sus efectos laborales son distintos.

Un feriado nacional es un descanso remunerado establecido por ley que, como regla general, no requiere recuperar las horas no trabajadas.

En cambio, un día no laborable compensable permite suspender temporalmente las actividades, pero exige que las horas dejadas de trabajar sean recuperadas posteriormente.

Esta diferencia es importante para los trabajadores que deseen participar en las celebraciones religiosas o actividades públicas organizadas durante la visita del pontífice.

¿Cómo se recuperarán las horas no trabajadas?

El Decreto Supremo N.º 020-2026-TR establece mecanismos diferentes para la compensación de las jornadas.

En el sector público, las horas deberán recuperarse dentro de los diez días posteriores al descanso o en la oportunidad que determine el titular de cada entidad, de acuerdo con sus necesidades institucionales.

En el sector privado, la recuperación será definida mediante un acuerdo entre empleadores y trabajadores. Si ambas partes no llegan a un consenso, la decisión final corresponderá al empleador.

De esta manera, la norma busca compatibilizar la participación de los ciudadanos en las actividades vinculadas con la visita papal y el cumplimiento de las obligaciones laborales.

¿Qué servicios continuarán funcionando durante los días no laborables?

La declaración de días no laborables contempla excepciones para garantizar la continuidad de los servicios esenciales e indispensables para la población.

Las entidades públicas comprendidas en las jurisdicciones señaladas deberán adoptar las medidas necesarias para mantener la atención de los servicios que no pueden interrumpirse.

Asimismo, las empresas privadas que desarrollan actividades de especial relevancia para la comunidad podrán determinar qué puestos de trabajo permanecerán operativos.

Entre las actividades comprendidas figuran:

  • Servicios de salud, salubridad, limpieza y saneamiento.
  • Suministro de electricidad, agua, desagüe, gas y combustible.
  • Comunicaciones y telecomunicaciones.
  • Transporte terrestre, aéreo y marítimo, así como operaciones portuarias y aeroportuarias.
  • Hoteles, establecimientos de hospedaje y restaurantes.
  • Servicios de seguridad, custodia y vigilancia.
  • Entidades del sistema financiero y servicios relacionados.
  • Traslado de valores, expendio de alimentos y productos de primera necesidad.
  • Servicios funerarios y actividades pesqueras.

La continuidad de estas operaciones permitirá atender las necesidades de la población durante las jornadas declaradas no laborables.

Visita del papa León XIV al Perú será del 11 al 16 de noviembre

El Gobierno considera que la visita del papa León XIV al Perú representa un acontecimiento de especial importancia espiritual, histórica y social, debido a su trascendencia para la comunidad católica y la población en general.

Según los fundamentos del decreto, la declaración de días no laborables busca facilitar la asistencia de los ciudadanos a los encuentros y actividades relacionados con la presencia del líder de la Iglesia católica en distintas regiones del país.

La norma lleva las firmas de la presidenta de la república, Keiko Fujimori; del presidente del Consejo de Ministros, Luis Galarreta; y del ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Juan Sheput.

Con esta disposición, el Ejecutivo establece las condiciones laborales que regirán durante la visita papal y permite que las instituciones públicas y empresas privadas organicen anticipadamente sus jornadas de trabajo.

¿Dónde consultar el decreto sobre los días no laborables?

Los ciudadanos pueden consultar el Decreto Supremo N.º 020-2026-TR en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, correspondiente al 23 de octubre de 2026.

La revisión de la norma permitirá conocer las disposiciones sobre fechas, compensación de horas y continuidad de servicios durante la visita del papa León XIV.

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