Según publica hoy el diario "El Mercurio", el fallo en mención señala que "el objeto de propender (inclinarse) a la entrada de algún nuevo operador en dicha ruta" y que tenga la posibilidad de desafiar al incumbente (Lan Perú, filial de Lan Airlines).
Agrega el fallo que de este modo, se va a introducir presión competitiva "que pueda redundar en menores precios al usuario final y en mejoras en la calidad del servicio".
El tribunal ordenó que la JAC de Chile deberá procurar que, en una primera ronda de la licitación, ninguna línea aérea se quede con más del 75% del total de frecuencias existentes en dicha ruta, sumadas las disponibles y las asignadas en el pasado. A falta de interesados, se deberá producir una segunda vuelta en la que la autoridad podrá no aplicar la limitación antes mencionada.
Además consideró que deben modificarse las reglas que establece el Decreto Supremo 102, de 1981, para establecer mecanismos de asignación de rutas aéreas internacionales restringidas que, además del factor de mejor oferta monetaria, consideren criterios que propendan a mejores condiciones de competencia.
"Lo anterior en razón de que no existe competencia efectiva en la industria aérea en Chile y existe un actor dominante", señaló el fallo del tribunal. Cabe precisar que "una política unilateral de cielos abiertos, sin reciprocidad", fue lo que recomendó aplicar el TDLC.