La medida de arresto domiciliario dictada para los procesados por terrorismo, Osmán Morote Barrionuevo y Margot Liendo Gil, en marzo del 2017 –y confirmada en segunda instancia en julio del mismo año– no fue impugnada en su momento por el Ministerio Público ni por la Procuraduría para casos de Terrorismo.
Así lo precisó el presidente del Colegiado A de la Sala Penal Nacional, que dispuso la ejecución de la medida, René Martínez Castro, quien subrayó que esta es cumplida después de más de un año haberse emitido.
“Ninguna de las dos instituciones, Ministerio Público ni Procuraduría contra el Terrorismo, cuestionaron esa resolución”, subrayó.
En ese sentido, rechazó de manera enfática las declaraciones del procurador para casos de terrorismo, Milko Ruiz, difundidas a través de la prensa, por considerarlas “agraviantes” que afectan al Poder Judicial y sus magistrados.
Señaló que el citado procurador nunca concurre a las audiencias del juicio por el caso Tarata para defender los intereses del Estado. “Tampoco impugnó en su momento la decisión de otorgar el arresto domiciliario para ambos procesados ¿dónde estuvo el procurador?”, inquirió.
De igual modo, rechazó las expresiones de algunas autoridades políticas, “quienes sin conocer el tema de fondo de lo que es el proceso del caso Tarata están emitiendo opiniones antojadizas”.
EXCESO DE CARCELERÍA
El magistrado explicó que ejecutaron la resolución de arresto domiciliario debido a que el Colegiado E dispuso el excarcelamiento de Morote Barrionuevo y Liendo Gil al vencer el plazo de prisión preventiva decretada contra ambos en el caso denominado Perseo (contra Movadef).
Es necesario recordar que en ambos habían cumplido la condena de 25 años por los delitos de terrorismo y asesinato el año 2013.
En la conferencia de prensa, el juez Martínez Castro, quien estuvo acompañado de los otros dos integrantes del colegiado, Edhín Campos Barranzuela y Han Contreras Cuzcano, subrayó que actuaron conforme a la ley y lo que establece la Constitución.
Sobre los dos informes de la Policía que señalan que los inmuebles donde Morote y Liendo cumplirán la detención domiciliaria no reúnen las condiciones de seguridad, el magistrado dijo que ambos documentos son contradictorios.
Martínez Castro agregó la orden de detención domiciliaria es una medida que asegura y garantiza que los dos procesados puedan continuar en el juicio oral por el caso del atentado a la calle Tarata.
De otro lado, precisó que este juicio está en la etapa final y que, en la próxima semana, ingresará a la fase de oralización de pruebas.