Pago de gratificaciones – Diciembre 2018
Pago de gratificaciones – Diciembre 2018

El próximo 15 de diciembre los empleadores deben depositar el monto por gratificaciones de diciembre (navidad), aquí preguntas y respuestas claves

¿En qué consisten las  gratificaciones?

Las gratificaciones legales son sumas de dinero que el empleador otorga a los trabajadores, de manera adicional a la remuneración, con ocasión de la celebración de determinadas festividades, como son las Fiestas Patrias y la Navidad.

¿Cuál es la forma de cálculo de las Gratificaciones?

La gratificación se paga de manera proporcional a los meses calendarios completos laborados en el período correspondiente. A razón de un sexto de la remuneración computable por cada mes. En el caso de los días que no se consideren tiempo efectivamente laborado (por ejemplo, las inasistencias injustificadas) se deducirán a razón de un treintavo de la fracción señalada.

La Gratificación por navidad comprende los periodos de julio, agosto, setiembre octubre noviembre y diciembre.

¿Quiénes gozan de este beneficio y quienes no?

Los trabajadores que gozan de este beneficio son:

  • Los trabajadores subordinados de la actividad privada (con contrato indefinido, a plazo fijo, a tiempo parcial).
  • Los trabajadores de las pequeñas empresas recibirán medio sueldo de gratificación.
  • Los trabajadores del hogar también recibirán medio sueldo.
  • Los trabajadores de construcción civil perciben 40 jornales básicos.

No gozan de este beneficio: 

  • Los trabajadores de las microempresas contratados después de la inscripción de la empresa en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype).
  • Los trabajadores de la actividad agraria y los que perciben remuneración integral anual  (RIA), ya que la gratificación está incluida en dicha remuneración.

¿Cuál es el plazo para el pago de las gratificaciones de diciembre y cuales son sanciones en caso incumplimiento?

El pago de las gratificaciones se efectúa en la primera quincena diciembre, este plazo es indisponible para las partes.

El incumplimiento en el pago de las gratificaciones es considerado como infracción grave, la multa por el incumplimiento oscila entre 1.35 unidades impositivas tributarias (UITs) hasta 22.50 UITs para empresas en general y entre 0.45 UITs hasta 4.50 UITs para pequeñas empresas. La UIT tiene el valor de S/ 4,150.00 soles actualmente.

¿Qué tributos aplican sobre las gratificaciones?

Están afectas al pago del impuesto a la renta de quinta categoría, descuentos judiciales entre otros.

En cuanto ala contribución a EsSALUD por la gratificación que no pagarán a dicha institución (9% o 6.75% en caso de EPS), este debe abonarse a los trabajadores bajo concepto de bonificación extraordinaria.

Las gratificaciones no se encuentran sujetas al aporte al sistema nacional o privado de pensiones (AFP / ONP).

¿Qué requisitos se exigen para recibir la gratificación?

El trabajador debe estar laborando en diciembre 2018 o encontrarse de vacaciones o con descanso médico.

¿Cuál es la base de cálculo  de las Gratificaciones?

Para el cálculo de las gratificaciones se considera a la remuneración básica, así como todas las cantidades que regularmente perciba el trabajador en dinero o en especie como contra prestación de su labor, cualquiera sea su origen o la denominación que se les dé, siempre que sean de su libre disposición, aun cuando sus montos puedan variar en razón de incrementos u otros motivos.

La gratificación será equivalente al íntegro de la remuneración que el trabajador percibió al 30 de noviembre.

El trabajador debe estar laborando en diciembre o estar de vacaciones o gozando de subsidios con descanso médico.

Para los trabajadores que perciban remuneraciones imprecisas o variables (por ejemplo, comisionistas, destajeros, entre otros), las gratificaciones se calculan en base al promedio de las remuneraciones (comisiones, destajo o remuneración imprecisa) percibidas por el trabajador en el semestre respectivo (julio-diciembre).

Por:
• Carlo Sarria, Gerente Senior de Tax & Legal de KPMG en Perú.
• Carla Romero, Senior de Tax & Legal de KPMG en Perú.

Administrador de contenidos de Grupo Periodismo en Línea

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