Suerte de Ollanta Humala y Nadine Heredia se determinará mañana.

El expresidente del Perú,  Ollanta Humala,  y su esposa Nadine Heredia,  podrían pasar sus próximos días en un penal, luego de que la Fiscalía cursara un pedido de prisión preventiva en contra de la mencionada pareja, por presuntos delitos de lavado de activos y asociación ilícita para delinquir.

La solicitud,  formulada por el fiscal provincial Germán Juárez Atoche, se basaría tanto en el testimonio del empresario brasileño Marcelo Odebrecht – quien aseguró haber destinado US$ 3 millones para la campaña presidencial 2011 del Partido Nacionalista, – como  en las pruebas sobre la entrega de dinero a la ex pareja presidencial que habrían presentado algunos colaboradores eficaces.

Según la Unidad de Investigación del Diario El Comercio, existirían nuevas evidencias, que detallarían transferencias de dinero que Nadine Heredia habría recibido de la cuenta del Partido Nacionalista hacia la suya.

En tanto, hace pocos minutos, el Ministerio Publico, confirmó que el día de mañana (miércoles 12 de julio – 10:00am) el juez Richard Concepción Carhuancho, titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, realizará la audiencia pública para determinar la suerte de Humala y Heredia.

Cabe precisar que al exmandatario Ollanta Humala no lo ampara la garantía de antejuicio, ya que los delitos que se le imputa sucedieron antes de que asuma la presidencia.

DEBES SABER QUE…

El artículo 99 de la Constitución Política del Perú, señala que un presidente no puede afrontar un proceso judicial en los siguientes cinco años después de haber gobernado.

Artículo 99.- Acusación por infracción de la Constitución
“Corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso: al Presidente de la República; a los representantes a Congreso; a los Ministros de Estado; a los miembros del Tribunal Constitucional; a los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura; a los vocales de la Corte Suprema; a los fiscales supremos; al Defensor del Pueblo y al Contralor General por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en éstas”.

Por: Luis Miguel Guerrero.

Periodista (redactor y reportero) de www.enlinea.pe

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